TRIBUNAL PERMANENTE DE LOS PUEBLOS -TPP-
CAPITULO COLOMBIA

SESIÓN SOBRE
EMPRESAS TRANSNACIONALES
Y DERECHOS
DE LOS PUEBLOS EN COLOMBIA - 2006 - 2008
Primera audiencia
Bogotá 1 y 2 de abril de 2006
Con una gran participación de organizaciones colombianas y de delegaciones de varios países, se realizó los días 1 y 2 de abril de 2006 la Audiencia Agroalimentaria del Tribunal Permanente de los Pueblos Sesión Colombia.
El Jurado integrado por miembros del mismo Tribunal Permanente de los Pueblos y por conjueces colombianos: La Doctora Vilma Núñez de Escorcia, El Doctor Antoni Pigrau Solé, El Doctor Gianni Tognoni, El Doctor Eduardo Cifuentes Muñoz, El Doctor Orlando Fals Borda, El líder indígena de la etnia Nasa, Rangel Geovanny Yule y El Doctor Libardo Sarmiento Anzola, resolvió ACUSAR:
“1.- A las empresas transnacionales Nestlé, Coca-Cola y Chiquita Brands, tanto a sus sedes centrales como a sus filiales en Colombia:
- por violaciones graves y masivas de los derechos laborales, y específicamente de la libertad sindical; por desprecio de la dignidad y de la vida de los trabajadores y sus comunidades, así como por el respaldo a políticas económicas que contribuyen al deterioro dramático de las condiciones de vida y salud de una parte creciente de la población colombiana.
- por fraude a sus consumidores al asumir unos compromisos de responsabilidad social que incumplen flagrantemente en Colombia.
Sin perjuicio de lo anterior, cualquier persona vinculada a estas empresas es también individualmente responsable en el ámbito penal como autor o cómplice de aquellos crímenes de lesa humanidad en los que pueda haber participado.
2. Al Gobierno de Colombia:
- por incumplimiento del derecho al trabajo, que la Constitución política de Colombia de 1991 reconoce, así como de los derechos laborales reconocidos en diversas convenciones internacionales celebradas en el marco de la OIT, como la nº 87 y la nº 98.
- por incumplimiento de sus obligaciones de persecución de los crímenes de lesa humanidad y en particular de la violación del derecho a la tutela judicial efectiva y de los derechos reconocidos internacionalmente a las víctimas de dichos crímenes, debido a la ausencia de un poder judicial realmente independiente.
- por incumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de persecución del terrorismo.
Sin perjuicio de lo anterior, las personas pertenecientes a los órganos del Estado, sea cual sea su posición en ellos, son también individualmente responsables en el ámbito penal, como autores o cómplices, de aquellos crímenes de lesa humanidad en los que hayan participado.
3. A Estados Unidos y Suiza, como Estados cuya nacionalidad tienen las empresas transnacionales analizadas:
- por permitir que dichas entidades jurídicas puedan incumplir en su actividad económica en otros países los estándares internacionales de derechos humanos que en sus países de origen serían obligados a respetar.”
Esta es la Primera Audiencia de siete (7) que realizará el TPP Sesión Colombia, para acusar y juzgar transnacionales por sus impactos en la vida del pueblo de Colombia.
Fue para todos nosotros una gran alegría contar con su participación en este gran evento por la vida y deseamos de todo corazón que continúen haciendo parte de este gran proyecto contra la impunidad, por la verdad, justicia y reparación integral y por la conquista de una vida digna para el pueblo colombiano.
Reafirmamos nuestra voluntad de continuar luchando contra las violaciones a los derechos humanos y los crímenes cometidos por y en beneficio de las transnacionales.
Anexamos el Dictamen de los Jueces.
Bogotá, abril 5 de 2006
Edgar Páez M.
Miembro del Comité Operativo TPP Sesión Colombia
Responsable Área Internacional
SINALTRAINAL
Correo. [email protected]
Celular. 310 2127232
Teléfonos 2324626 - 2455325 Bogotá, Colombia
Nuestra Web. www.sinaltrainal.org
1. INTRODUCCIÓN
El Tribunal Permanente de los Pueblos establecido en 1979 como sucesor de los Tribunales Russell sobre Vietnam (1966-1967) y sobre las dictaduras de América Latina (1974-1976), tiene como su vocación y Estatuto dar visibilidad y calificar en términos de derecho todas aquellas situaciones en las que la violación masiva de los derechos fundamentales de la humanidad no encuentra reconocimiento ni respuestas institucionales, sea a nivel nacional o internacional. A lo largo de los más de 25 años de su historia y a través de sus 33 sesiones, el Tribunal Permanente de los Pueblos ha acompañado, anticipado y respaldado las luchas de los pueblos contra el espectro de violaciones de sus derechos fundamentales, incluyendo la negación de la autodeterminación, las invasiones extranjeras, las nuevas dictaduras y esclavitudes de la economía y la destrucción del medio ambiente.
Colombia es por segunda vez objeto de examen y enjuiciamiento por parte del Tribunal Permanente de los Pueblos. Otra sesión de este mismo Tribunal se llevó a cabo entre 1989 y 1991 para enjuiciar la impunidad de los crímenes de lesa humanidad, en una sesión prolongada que involucró a doce países de América Latina, habiendo sido Colombia el primer país investigado y la sede de la sesión final deliberante que tuvo lugar en Bogotá del 22 al 25 de abril de 1991. Quince años después el Tribunal ha aceptado volver a someter a su examen situaciones graves que afectan la vida y los derechos fundamentales de la mayor parte de la población colombiana, pero esta vez dirigiendo su mirada inquisitiva hacia empresas transnacionales que actúan en Colombia y que se han ido involucrando también en prácticas violatorias de los derechos humanos más elementales, articulándose a las redes de violencia que hunden sus raíces en estrategias de Estado, incentivadas y patrocinadas por políticas hemisféricas que buscan legitimarse en imperativos de seguridad para los grandes inversionistas y empresarios.
El Tribunal inicia una sesión un poco atípica dentro de su trayectoria, pues se trata de una sesión conformada por múltiples audiencias distanciadas en un poco más de dos años, con el fin de poder examinar pausadamente el tipo de intervención de empresas transnacionales en los variados campos de extracción de recursos naturales. Se ofrece una ocasión privilegiada para el Tribunal que le permitirá observar en directo prácticas económicas que se entrelazan con lo político y lo militar y afectan profundamente la vigencia de los derechos económicos y políticos de los pueblos. Es evidente que la violación de estos derechos se beneficia de vacíos jurídicos en el derecho internacional, lo que ha permitido que muchos niveles de decisiones fundamentales para la supervivencia de los pueblos y de enormes capas sociales dentro de ellos, queden en manos de la voracidad rentista de los grandes capitales.
El Jurado ha sido integrado por miembros del mismo Tribunal Permanente de los Pueblos y por conjueces colombianos:
El Jurado quiere subrayar la calidad excelente de los informes y de los testimonios presentados, así como la riqueza de la documentación que en forma impresa o electrónica fue puesta a disposición del Tribunal, para respaldar con copias de documentos originales todos los detalles de los casos y de las situaciones referidas en la audiencia.
Sobre el caso específico de Nestlé, el Jurado tuvo a su disposición la documentación y el dictamen producidos en la audiencia promovida por Multiwatch, la cual tuvo lugar en Berna, Suiza, los días 29 y 30 de octubre de 2005, donde se hace referencia a la responsabilidad y a las posiciones de la casa matriz.
2. HECHOS
En la audiencia fueron presentados informes detallados acerca de la naturaleza, trayectoria institucional, magnitud económica y solvencia financiera de las empresas transnacionales Coca Cola, Nestlé y Chiquita Brands, así como análisis de sus patrones de gasto en el contexto de la economía nacional, discriminados en los campos de capital y trabajo. Los informes revelan empresas de gran solvencia económica, alta rentabilidad y amplio alcance mundial. Coca Cola, por ejemplo, incrementó su capital fundacional en Colombia, de diez mil dólares en 1942, a 628 millones de dólares en 2005, sin que hubiera inversión extranjera de su casa matriz. Tal es la acumulación producto de sus ganancias generadas en Colombia. Entre 1990 y 2001 esta multinacional multiplicó por ocho (8) veces su patrimonio, por veintiséis (26) veces su activo, por uno punto cuatro (1.4) veces el valor creado en sus fábricas y obtuvo una rentabilidad del ochenta por ciento (80%) en promedio anual en la década de 1990. Por su parte Nestlé, entre 1990 y 2005 pasó de producir ciento nueve mil (109.000) dólares por trabajador a cuatrocientos veintisiete mil (427.000) dólares, lo que equivale a un incremento promedio anual superior al 20%.
El conjunto de testimonios, acusaciones e informes revelan que ambas empresas han venido rediseñando sus patrones de inversión y utilidad desde 1980, proceso que se ha caracterizado por cierres de fábricas, plantas y subsidiarias, fraccionamiento de razones sociales que van evaporando la responsabilidad corporativa, subcontratación y tendencia al empleo temporal y tercerizado. Solamente en la década de 1990 Coca Cola redujo 3,5 (tres punto cinco) veces el número de trabajadores con estabilidad laboral y 3 (tres) veces el número de sindicalizados. En Nestlé tan solo el 3% (tres por ciento) de los trabajadores alcanza hoy los diez años de permanencia en las fábricas.
En todo este proceso ha salido enormemente lesionada la estabilidad laboral, la seguridad social de los trabajadores y sus niveles de vida.En muchos casos, según los testimonios, incluso normas laborales elementales han sido desconocidas. En las dos transnacionales el sindicato SINALTRAINAL se encuentra en proceso de extinción. Los resultados de las medidas tomadas por Coca Cola durante la última década implicaron una reducción de costos salariales del 35% (treinta y cinco por ciento) para la compañía cuando contrata trabajadores temporales, en un 60% (sesenta por ciento) cuando su labor la realiza un contratista y en 75% (setenta y cinco por ciento) cuando las funciones las ejecuta un trabajador de cooperativa o de otras modalidades similares; en conjunto, ha reducido en 2,5 (dos punto cinco) veces la masa salarial de sus trabajadores. De igual manera en Nestlé la masa salarial se redujo 59% (cincuenta y nueve por ciento) entre 1998 y 2005.
Los testimonios revelan una búsqueda incesante de mecanismos legales de defensa por parte de los trabajadores que han sido víctimas de estos procesos; sin embargo se percibe una frustración permanente, no solo porque la justicia laboral es ineficiente sino también porque las reformas laborales han tendido a flexibilizar y precarizar el empleo en Colombia. Así, las leyes 50 de 1990, 100 de 1993 y 789 de 2002, han deteriorado profundamente los derechos, la estabilidad y los ingresos de los trabajadores sin que los organismos internacionales correspondientes logren responder a las expectativas de éstos. Además existe una deslaboralización de las relaciones capital trabajo y su reemplazo por contratos de carácter civil.
Muchos elementos de las acusaciones que fueron presentadas en esta audiencia revelan que el esquema tradicional que inspiraba muchos principios del derecho laboral, según los cuales el Estado debía regular, en cuanto ente garante de los derechos de todos los ciudadanos, las relaciones entre capital y trabajo, se ha convertido en algo ficticio, pues lo que se percibe en casi todos los casos es una simbiosis entre el Estado y las empresas que desconocen los derechos de los trabajadores. Significativo es el caso del Señor Sabas Pretelt De La Vega, quien en el año 2003 pasa de ser el representante de los intereses del capital comercial al cargo de Ministro del Interior y de Justicia, determinando así las grandes decisiones políticas y judiciales que afectan a los trabajadores colombianos. De igual manera, las Señoras Luz Stella Arango y Ludmyla Florez, pasaron de ser abogada y Jefe de Relaciones Laborales de la transnacional Nestlé, a ser Viceministra y Jefa de Asuntos Laborales, respectivamente, en el Ministerio de Protección Social. Flujos en sentido inverso también se han dado, como en el caso del ex Procurador General Jaime Bernal Cuéllar, quien se negó, en el ejercicio de su cargo, a investigar muchas denuncias de los sindicalistas de Coca Cola y luego actuó como Parte Civil de dicha empresa en procesos por calumnia e injuria contra los dirigentes del sindicato en 2003.
Fue reiterativa y profundamente impactante en la gran mayoría de los testimonios, la denuncia sobre el papel que ha venido jugando el paramilitarismo como mecanismo de ejecución de las decisiones ilegales del Estado y de las empresas transnacionales que deterioran la situación de los trabajadores. Por ejemplo, para obligar a un trabajador a retirarse del sindicato o de la empresa, a renunciar a pretensiones legítimas, a aceptar condiciones laborales precarias, a retirar denuncias o demandas etc.,se recurre sistemáticamente a los paramilitares que por medio de intimidaciones, secuestros, atentados, amenazas, torturas y asesinatos, buscan hacer efectivos los nefastos propósitos de la transnacional y del Estado. En el caso de la transnacional Chiquita Brands, la relación entre empresa y paramilitarismo es más evidente, ya que fueron presentadas pruebas de que dicha empresa ha dado significativos aportes financieros a grupos paramilitares y en 2001 transportó 3000 fusiles AK 47 y cinco millones de proyectiles con destino a grupos paramilitares en Córdoba y Urabá, autores de varios miles de crímenes horrendos en dicha zona. Según las acusaciones, ningún proceso penal o disciplinario adelantado por las autoridades ha producido efecto, permaneciendo todos estos crímenes y procedimientos en absoluta impunidad. Por el contrario, quienes denuncian estas acciones criminales son judicializados, pasando de acusadores a acusados. En resumen, el terror laboral impuesto en Colombia por el Estado y las multinacionales, combina, para lograrsus fines, estrategias legales e ilegales.
En esta audiencia fue posible escuchar impresionantes testimonios de víctimas y familiares de víctimasque fueron sometidas a graves violaciones de sus derechos humanos. Cabe destacar la persecución a que ha sido sometida la Comunidad de Paz de San José de Apartadó, especialmente castigada por haber asumido una opción clara de no colaboración con los actores armados.
En relación con los asesinatos en los cuales se revela responsabilidad directa o indirecta de las transnacionales, se presentaron 10 (diez) casos asociados a Nestlé y 9 (nueve) a Coca Cola. Se percibe una macabra cadena de afectación que se inicia con los trabajadores, continúa con sus familiares y comunidades y concluye con la sociedad y el medio ambiente.
Muchas vidas han sido destruidas como consecuencia de estas estrategias criminales. Igualmente, todo se va convirtiendo en mercancías, abaratando su precio, incluyendo la fuerza laboral del ser humano y la misma naturaleza.
Además, por efecto de las políticas agroalimentarias del Estado colombiano y del control de este sector estratégico por parte de las transnacionales, la mayoría de la población colombiana presenta altos grados de desnutrición y hambre. Millones de personas carecen de suficientes energías, proteínas y micro nutrientes para satisfacer sus necesidades básicas de manutención, crecimiento y desarrollo corporal. 6 millones de colombianos, el 13% de los habitantes, soportan hambre severa y carecen de recursos necesarios para adquirir alimentos, según la FAO y el PMA, y otros 5 millones tienen un alto grado de desnutrición. Hasta mediados de los años 90, 147 de cada mil desnutridos (un 14.7%) estaban en Colombia y a finales de esta década ya eran 173 de cada mil (un 17.3%). En el nivel de desnutrición crónica infantil Colombia solo supera a Ecuador, estando por debajo de los demás países latinoamericanos. En el nivel de suministro de energía alimentaria, que en concepto de la FAO requiere un mínimo de 3000 kilocalorías diarias, Colombia está por debajo del promedio de la región y solo supera a Venezuela y Paraguay, aunque Venezuela ha diseñado recientemente estrategias intensas de erradicación del hambre.
3. CALIFICACIÓN DE LOS HECHOS
4. DECISIÓN
El carácter de primera audiencia en un camino que prevé una profundización de muchos de los hechos y de los aspectos de derecho queson objeto de esta Sesión sugiere evidentemente una actitud provisional en la formalización de un juicio. La gravedad de los hechos presentados que confirman situaciones de verdadera barbarie, y la calidad de la documentación relativa a los mismos, permite e impone una toma de posición que no puede ser diferida. Una decisión en este sentido parece justificarse aún más a partir de la sentencia de hace quince años que describía así la realidad de Colombia:
Los datos y los hechos presentados en esta audiencia están en estrecha continuidad con el diagnóstico de quince años atrás. Aún más, la evaluación de las relaciones de poder y de recíproca interdependencia documenta la incorporación de prácticas de violación de los derechos fundamentales de la población en los niveles institucionales, reflejando de esta manera su impunidad. Colombia parece presentarse, en este sentido, como un verdadero laboratorio político institucional donde los intereses de los actores económicos nacionales e internacionales son plenamente defendidos a través del doble mecanismo del abandono por el Estado de sus funciones y de su deber constitucional de defensa de la dignidad y de la vida de la población, a la cual se aplica, como a un enemigo, la doctrina de la seguridad nacional.
Por todo ello, el Jurado resuelve ACUSAR:
5. RECOMENDACIONES
El jurado es consciente de que lo que ocurre de manera paradigmática en Colombia, por lo que se refiere a las relaciones entre transnacionales e instituciones estatales, toca el tema crítico de las relaciones entre derechos humanos y leyes y prácticas económicas. En este campo las instituciones internacionales, dominadas por los intereses de los Estados, se resisten a tomar posición clara en la defensa concreta de los derechos humanos. Fiel a la vocación fundacional del TPP, el Jurado se dirige a los movimientos, las organizaciones y los individuos que piensan que los derechos de los pueblos son inviolables y los invita a que hagan todo lo posible para:
* El Dr. Cifuentes solo participó en la mañana del primer día de sesiones. No estuvo presente en las deliberaciones sobre el Dictamen.
ANEXO
Agenda de la Audiencia del Tribunal Permanente de los Pueblos sobre Empresas Transnacionales de Alimentos y Crímenes de Lesa Humanidad
Bogotá, abril 1 y 2 de 2006
Auditorio de la Universidad Distrital de Bogotá, sede La Macarena
Carrera Avenida 3 No. 26-A-40
Sábado 1 de abril:
09:00 : Presentación del TPP y trayectoria de la presente Sesión-
09:30 : CASO NESTLÉ - Exposición sobre la empresa acusada .
09:50 : Acusación No.1- Responsabilidad de la empresa en crímenes de lesa humanidad.
10:00: Testimonios (5 testigos, cada uno habló durante 5 minutos).
Casos: Asesinato de Héctor Daniel Useche Berón.
Asesinato de Luciano Enrique Romero Molina.
10:25: Preguntas del Jurado - (15 minutos)
10:45: Acusación No. 2 - Reetiquetamiento y reempaque de leches envejecidas.
10:55: Testimonios (2 testigos, cada uno habló 5 durante minutos).
11:10: Preguntas del Jurado (15 minutos)
11:25: Acusación No. 3 - Aniquilamiento sindical y precarización.
11:35: Testimonios (4 testigos, cada uno habló durante 5 minutos).
11:50: Preguntas del Jurado (15 minutos)
12:05: Video que recoge testimonios sobre empresa Nestlé (20 minutos)
12:25: Receso para almuerzo.
15:00: CASO COCA-COLA - Exposición sobre la empresa acusada.
15:20: Acusación No.1 - Responsabilidad de la empresa en crímenes de lesa humanidad.
15:30: Testimonios (4 testigos, cada uno habló durante 5 minutos)
- Caso de Isidro Segundo Gil
- Caso Adolfo de Jesús Múnera López
15:55: Preguntas del Jurado (15 minutos)
16:10: Acusación No. 2- Judicialización de la actividad sindical.
16:20: Testimonios (5 testigos, cada uno habló durante 5 minutos)
16:45: Preguntas del Jurado (15 minutos)
17:00: Acusación No. 3-Precarización del trabajo.
17:10: Testimonios (8 testigos, cada uno habló durante 5 minutos).
17:50: Preguntas del Jurado (15 minutos).
18:05: Video que recoge testimonios de víctimas de Coca-Cola (20 minutos)
18:25: Descanso
Domingo 2 de abril
09:00: CASO CHIQUITA BRANDS BANADEX - Exposición sobre historia de la empresa y su actividad histórica en Colombia-
09:30: Contexto de la región donde ha operado la empresa y arraigo del paramilitarismo en la región.
10:00: Acusación: Responsabilidad de la empresa en crímenes de lesa humanidad.
10:10: Testimonios (2 testigos, cada uno habló durante 15 minutos)
10:40: Preguntas del Jurado (15 minutos).
11:05: Video sobre la masacre de las bananeras en 1928.
11:25: Exposición de contexto sobre política agroalimentaria en Colombia.
11:45: Exposición de contexto sobre estrategia paramilitar del Estado colombiano.
12:10: Receso - Los jueces se retiraron a deliberar
15:00: Mientras los miembros del Jurado se reunieron en otro lugar a confrontar sus puntos de vista y a elaborar su opinión colectiva, en el auditorio se leyeron mensajes y saludos y hubo intervenciones cortas de delegaciones asistentes-
18:00: Lectura de la opinión del Jurado, la cual se remitirá a la sesión deliberante del Tribunal en 2008-
18:30: Clausura de la Audiencia.
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